Economía

La nueva Ley de Startups agrava las diferencias fiscales de Euskadi con el resto de España

El Impuesto de Sociedades en territorio común será 10 puntos más bajo para las empresas de este tipo sobre el que ofrecen las haciendas vascas

11 diciembre, 2021 05:00

La nueva Ley aprobada este viernes en el Consejo de Ministros para las 'Startups', esas pequeñas empresas impulsadas por emprendedores con un alto componente de innovación y gran capacidad de crecimiento, ha añadido una nueva diferencia sobre la fiscalidad vasca en el resto del país, lo que se denomina en términos de hacienda pública como 'territorio común'. Y es que la norma impulsada por la ministra de Economía, Nadia Calviño, rebaja hasta en 10 puntos el tipo del Impuesto de Sociedades que deben pagar estas compañías con el que está fijado en las haciendas forales vascas. Así, con la nueva norma, las 'Startups' tributarán el 15% de sus ganancias, mientras que en Euskadi, las diputaciones recaudan el 25% a las grandes empresas y el 20% a las pequeñas empresas. 

Es un elemento más que agranda las diferencias fiscales sobre las que la patronal vasca, Confebask, viene alertando en las últimas semanas al señalar que Euskadi está perdiendo competitividad frente a otras autonomías como Madrid. El caballo de batalla más señalado por las organizaciones empresariales ha sido el Impuesto de Patrimonio que afecta a grandes propiedades y fortunas y para el que reclaman su eliminación porque entienden que es una doble tributación y un impedimento para atraer talento y directivos al País Vasco. 

Estas diferencias han sido la causa de un rifi rafe político con declaraciones cruzadas entre el lehendakari Urkullu, que acusó a Madrid de realizar 'dumping' fiscal, con la presidenta de la Comunidad, Isabel Díaz Ayuso. La nueva norma aprobada en el Consejo de Ministros ahonda estos matices ya que establece una serie de condiciones fiscales en la Hacienda del Estado que mejoran las de las Haciendas forales que, además, no son las mismas en Álava, Bizkaia y Gipuzkoa. La Ley de 'Startups' fija el tipo impositivo en el 15% en los cuatro primeros años en los que la base imponible sea positiva. Además, la base máxima de la deducción por la aportación que hagan los inversores o los propios emprendedores se eleva de 60.000 a 100.000 euros; y la deducción pasa del 30% al 50%. 

En Euskadi, Bizkaia es la que más facilidades ofrece a las 'Startups'

En Euskadi, la primera Hacienda que ha tratado de dar una respuesta a la necesidad de atraer el talento y las inversiones de emprendedores ha sido la de la Bizkaia, que aprobó el pasado mes de octubre una norma foral a estos efectos que entrará en vigor en 2022. En este caso, las deducciones por las inversiones en empresas de nueva creación o 'startups' -hasta ahora estaban en el 10%-  pasarán al 25% . Estas deducciones primarán las inversiones destinadas a empresas innovadoras o a la que se denomina economía plateada" en las que se incrementarán las deducciones hasta el 35%. Lejos todavía del 50% aprobado en el Estado. 

Las propuestas vizcaínas afectan, en esta caso sí, al Impuesto del Patrimonio, ya que se exonera de su abono a la mitad de las plusvalías que puedan generarse de la venta de acciones, una vez transcurrido el periodo mínimo de cinco años exigido. La deducción será del 100% en el caso de que el contribuyente revierta el importe obtenido en la adquisición de otras acciones de empresas de idénticas características.

La norma también busca favorecer el regreso de directivos vascos que salieron de Euskadi por motivos laborales, así como atraer a profesionales de fuera. Son mejoras fiscales para los impatriados y retornados. Términos que engloban a trabajadores altamente cualificados, bien vascos que vuelven a empresas del País Vasco tras una experiencia laboral en el exterior, o extranjeros "fichados" por compañías vascas.

En Álava y Guipuzcoa, las 'Startups' deben buscar en los beneficios que se ofrecen a cualquier empresa de nueva creación y que consisten principalmente en una serie de bonificaciones en el tipo impositivo del Impuesto de Sociedades en sus cuatro primeros años de vida. Una reducción que se establece, sucesivamente, en un tipo del 99%, el 75%, el 50% y para quedarse definitivamente en el 25%. 

Las microempresas en Euskadi sí pueden tributar en Sociedades al 18%, pero solamente cuando ha habido compensaciones tributarias de ejercicios anteriores