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Las comunidades de propietarios podrán celebrar juntas virtuales tras un año reclamando soluciones

Los administradores de fincas en Euskadi denuncian la falta de claridad para la procedencia de las juntas que afectan a miles de viviendas

9 mayo, 2021 05:00

Tras un año de constantes reclamaciones, las comunidades de propietarios podrán reunirse de manera telemática y, en cualquier caso, participar mediante la emisión de voto por correo sin necesidad de convocar una junta. Así lo recoge el Real Decreto Ley 8/2021, de 4 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes a aplicar tras la finalización de la vigencia del estado de alarma tras meses de preocupación común por la paralización de los acuerdos en las comunidades de propietarios, hasta ahora limitados a medidas urgentes y reuniones presenciales sujetas a las medidas sanitarias.

La Ley de Propiedad Horizontal no recogía hasta ahora la celebración de juntas virtuales y los propietarios de vivienda en Euskadi se han adaptado para reunirse de forma urgente en locales habilitados donde pudieran respetar las medidas sanitarias al estar prohibidas las reuniones en garajes y zonas comunes del edificio. "Ha supuesto un problema terrible, el coste de una sala de hotel puede ascender a 400 o 500 euros por reunión y hay localidades que ni siquiera tienen hoteles", explica Javier Montero, presidente del Colegio en Gipúzkoa y Álava, "recurrir a parroquias y ayuntamientos como hasta ahora ha sido mucho más complicado en medio de la pandemia". 

Desde el colegio de Bizkaia, Pablo Abascal señala un vacío legal al no señalarles como excepción en los decretos aprobados por el Gobierno vasco: "Solo en Bizkaia hay 40.000 comunidades que pueden tener 20 hogares cada una, son 800.000 hogares y las regulaciones hablaban hasta los eventos taurinos mientras tenemos paralizados miles de edificios, accesibilidad, rehabilitaciones de fachadas, trabajos que hemos sacado adelante con cuentagotas", expresa tras dirigirse varias veces al comité técnico del LABI y al Departamento de Salud, para aclarar la procedencia de las juntas sin recibir respuesta alguna por parte del estamento. 

Por otro lado, el decreto suspende hasta el 31 de diciembre de 2021 la obligación de aprobar el plan de ingresos y gastos previsibles, las cuentas y el presupuesto anual. "Se ha legislado un vacío legal hasta ahora al que estaban expuestos los propietarios, si el presidente convocaba una junta de urgencia el administrador no podía negarse, ahora puede basarse en una normativa", trasladan desde el Colegio de Adminsitradores de Fincas de Gipuzkoa.

"Cuello de botella" para los fondos europeos 

A estas alturas, los gremios y empresas empiezan a impacientarse sobre la adjudicación de las obras que se han quedado por el camino, entre ellas, cuestiones que podrían afectar negativamente la gestión de las ayudas a la edificación del Fondo de Recuperación Europeo. En de marco de impulso a la economía sostenible, la rehabilitación de edificios se presenta clave para la llegada de las ayudas "que hay que aprovechar". "Debemos evitar ser el cuello de botella para la rehabilitación energética, a fin de cuentas al ser los gestores agilizamos la toma de decisiones y ayudamos a las eleccion de los proyectos que van acorde con los intereses de las diputaciones", afirma Abascal. 

Según trasladan los responsables, el nuevo Real Decreto ayudará a a la toma de decisiones por su margen de amplitud, "sobre todo el voto postal porque la vía telemática te limita al tener que asegurarte de que el 100% de las personas tiene acceso a estos medios", afirma Montero.  Todos coinciden aún así, en que la medida "viene para quedarse" y se consolidará en los próximos años. "Siempre que garantices la identificación de esa persona y no limites la posibilidad de conectarse y hablar, entendemos que es una posibilidad a largo plazo", sentencia Abascal.