La tasa de paro en noviembre ha sufrido un descenso nunca antes visto. El número de personas en situación de desempleo se ha reducido en 74.381 personas, siendo ésta la mayor bajada de la serie en un mes de noviembre. Pero, además, cabe también destacar que se ha ampliado a nueve meses el periodo acumulado de descensos. Lo dicho: Una bajada sin precedentes que, sin duda, merece ser bien analizada.

Sin embargo, más allá del número de personas que están empleadas, no podemos pasar de puntillas sobre la calidad del empleo creado. Se han creado 61.768 empleos, sí, pero el 86% de los nuevos contratos han sido eventuales. Es decir, solo el 14% de los contratos registrados han sido indefinidos. 

Estas cifras demuestran que, si bien algunas de las medidas tomadas en el ámbito del diálogo social con el fin de hacer frente a las consecuencias de la pandemia han afectado positivamente en el mercado laboral, la reforma laboral del Gobierno de Mariano Rajoy aún tiene una estela muy alargada y afecta directamente en la calidad del empleo que se crea en la actualidad. ¡Ah! Y que como bien apuntaba el premio Nobel de Economía David Card, el incremento del salario mínimo no provoca destrucción de empleo. Además, debemos tener claro que cuando hablamos de subir el SMI estamos hablando de incrementar la renta de los y las trabajadoras más vulnerables. Actualmente, en el Estado español, un millón y medio de personas trabajadoras. La subida de 2019 benefició al 10% de la población activa y, además, tuvo un claro efecto positivo en términos de equidad. El aumento de los salarios de los deciles más bajos ha sido bastante mayor que el que se ha dado en los más altos. Sobre todo, entre las mujeres y las personas jóvenes, quienes tienen empleos más precarios. Por lo tanto, y tal y como apuntaba anteriormente, es necesario, más allá de un mero análisis cuantitativo, profundizar en un análisis de carácter cualitativo.

 

Más allá del número de personas que están empleadas, no podemos pasar de puntillas sobre la calidad del empleo creado. Se han creado 61.768 empleos, sí, pero el 86% de los nuevos contratos han sido eventuales

 

Todos los mercados, incluso el laboral, están configurados políticamente y son, por tanto, producto de la intervención del Estado mediante la legislación -conjunto de normas y leyes-. La existencia de un salario mínimo interprofesional, los requisitos existentes -o la falta de los mismos- para el despido de un trabajador o trabajadora o la existencia -o no- de monopolios son solo algunos ejemplos de la configuración que desde el poder político y judicial se puede establecer en los diferentes mercados. Pero, más allá de estas regulaciones directas, también existen medidas de política económica que pueden configurar el mercado de determinada manera.

Una de ellas, es la renta básica. Existe una gran diferencia de concepción entre las rentas mínimas -o subsidios condicionados, en general- y la renta básica. Esta diferencia de concepción entre ambas medidas se expresa en términos de libertad. Las rentas mínimas ofrecen una ayuda ex post a personas que se encuentran en una situación de necesidad a cambio de una contraprestación por las prestaciones percibidas. La asistencia ex post conduce irremediablemente a la pérdida de libertad efectiva para quien vive de un salario, obligando a aceptar el statu quo o a doblegarse ante formas especialmente lesivas para sus intereses de configuración política de los mercados -y más en concreto, del mercado de trabajo-. En este sentido, la renta básica supondría también una determinada configuración política de los mercados en beneficio de la parte asalariada del contrato laboral.

 

Todos los mercados, incluso el laboral, están configurados políticamente y son, por tanto, producto de la intervención del Estado mediante la legislación -conjunto de normas y leyes-.

 

Es por ello que ésta sería una medida de política económica que influiría en el mercado de trabajo. Véase, por ejemplo, el incremento del poder de negociación de una clase trabajadora que tiene sus necesidades básicas cubiertas y que se encuentra en una posición desde la que poder rechazar ofertas de empleos basura -recordemos que el 12,3% de los trabajadores y las trabajadoras del Estado español están en riesgo de pobreza y exclusión social-.

Para terminar, y para que nadie se llame a engaño ni busque tres pies al gato, es necesario afirmar que el hecho de que el poder de negociación individual aumente, no significa que deba salir perjudicado el poder de negociación colectivo. Es más, en caso de una larga huelga -difícil de sostener por la gran pérdida de salario que supone-, la renta básica podría actuar como una caja de resistencia.  Apostar por una renta básica significa, por tanto, otorgar una mayor libertad a la parte más débil del contrato laboral. En definitiva, aumentar el poder de negociación de quienes, como bien señalan Raventós y Casassas, “viven con permiso de otros”.