Claro que sí. Así está previsto en el título IV del propio estatuto: pueden promoverla 15 parlamentarios, el propio Gobierno Vasco o las Cortes, la deben aprobar 38 parlamentarios y tramitarse como ley orgánica en las Cortes, es decir, con 176 votos a favor y pasar por un referéndum. Con los números actuales en Vitoria y Madrid sería algo perfectamente factible, pero no se hace. El PNV llevaba el compromiso en su programa electoral y así lo anunció el lehendakari Urkullu al ser investido; los dos grupos nacionalistas vascos del parlamento llegaron a un principio de acuerdo; una comisión técnica de juristas trabajó lo suyo y entregó sus conclusiones hace año y medio; de vez en cuando se oye algún rumor al respecto… pero nada. Quizá la historia del actual estatuto vasco pueda ofrecer alguna pista útil al respecto.

La autonomía vasca en 1979 tuvo el efecto de vincular el Estatuto como ninguno al propio texto de la Constitución. Todos derivan de ella, pero el vasco además depende de ella y en concreto de su disposición adicional. Si es tan complicado reformar nuestro estatuto quizá sea porque en el fondo es el más dependiente de la constitución española de todos ellos

 

La historia comienza antes del estatuto, hace ahora cuarenta y tres años. En aquel julio de 1978 los diputados y las poquísimas diputadas de las Cortes elegidas democráticamente el año anterior (hacía cuarenta y un años que eso no sucedía en España), no tenían vacaciones. Estaban haciendo una constitución. Muchas cuestiones de primer orden se ventilaban en ella, desde la igualdad de género a la opción entre monarquía o república, pasando por organizar el Estado de acuerdo con el sentir general de la necesidad de la autonomía. El artículo segundo (que reconoce el derecho a la autonomía de los territorios) y el título octavo (que lo regula) es lo más republicano de nuestra constitución.

Estaban en julio de 1978 sus señorías muy pendientes de que el PNV entrara finalmente en el bloque de fuerzas políticas partidarias de aprobar el texto. No iba mal la cosa en aquel verano, hasta que Fernando Abril Martorell, vicepresidente segundo del Gobierno, se puso al mando de la negociación con los nacionalistas, desplazando a los miembros de su partido en la Ponencia constitucional (los famosos siete padres, ninguna madre, de la constitución). El valenciano se puso incluso farruco, debe decirse, aunque el PNV tampoco era manco en forzar las negociaciones. Creo que la edad fue en esas Cortes un factor determinante: a ver quién aguantaba aquellas negociaciones que terminaban al alba.

Un último intento, infructuoso, de llevarse al huerto al nacionalismo vasco fue la disposición adicional primera, a regañadientes de Abril Martorell: "La Constitución ampara y respeta los derechos históricos de los territorios forales”. Esa es en último término la esencia de la autonomía vasca.

Se tenía entonces el convencimiento de que cuanto más se ensanchara la autonomía vasca, antes acabaría el terrorismo. Craso error, pues ocurrió exactamente lo contrario

 

Si la constitución se negoció mucho en esas interminables reuniones extramuros de las Cortes, el estatuto vasco no lo fue menos. De hecho, en lo esencial, en lo que lo singulariza entre todos los estatutos de autonomía españoles, se hizo mano mano entre Carlos Garaicoechea, presidente entonces del PNV, y Adolfo Suárez. Hacía un par de años que el palacio de la Moncloa acogía la sede del Gobierno y allí estuvieron ambos dirigentes tomando las decisiones políticas que luego una comisión de técnicos llevaba a lenguaje jurídico. Se tenía entonces el convencimiento, y no solo por parte del PNV sino de todos, de que cuanto más se ensanchara la autonomía vasca, antes acabaría el terrorismo. Craso error, pues ocurrió exactamente lo contrario, pero ello sirvió para que en el Estatuto entrara, literalmente, todo aquello que el PNV había ansiado en el debate constitucional: una precedencia del “derecho histórico” vasco sobre el propio Estatuto (disposición adicional única del Estatuto) y una sublimación de un nuevo sujeto político, desconocido hasta la fecha, el Pueblo Vasco, que suplantó desde entonces a cualquier vestigio foral de las provincias. Paradójico pero cierto: la invocación de los “derechos históricos” sirvió para cancelar la historia e iniciar en 1979 una nueva era en términos políticos, la del Pueblo Vasco.

El Estatuto dió entrada a todo aquello que el PNV había ansiado: una precedencia del “derecho histórico” y una sublimación de un nuevo sujeto político, el Pueblo Vasco, que suplantó desde entonces a cualquier vestigio foral de las provincias

 

Es así que el estatuto vasco es muy singular entre los estatutos españoles porque es el más paccionado de todos, no tanto por cómo se pactó entre Suárez y Garaicoechea sino por lo que pactaron. En el verano de 1979 la Comisión Constitucional del Congreso daba luz verde a lo amarrado entre ambos dirigentes y de allí se fue ya al referéndum y la ratificación como ley orgánica por las Cortes. El germen del verano anterior, la disposición adicional primera de la Constitución, había dado fruto en un Estatuto que, desde sus orígenes lo es de máximos gracias a esa incorporación de los derechos históricos. No en vano se invoca esa disposición adicional de la constitución en el Estatuto cuando se quieren consolidar competencias en educación, policía o fiscalidad.

Este nacimiento reforzado de la autonomía vasca en 1979 tuvo, sin embargo, también el efecto de vincular ese estatuto como ninguno al propio texto de la constitución española de 1978. Todos derivan de ella, por supuesto, pero el vasco además depende de ella y en concreto de su disposición adicional. Si es tan complicado reformar nuestro estatuto quizá sea porque en el fondo es el más dependiente de la constitución española de todos ellos.