Sucesos

Absuelto el hombre acusado de violar a su madre en San Sebastián

La Fiscalía pedía 26 años de cárcel por maltratar, insultar, amenazar y violar a su madre de 72 años

10 noviembre, 2021 17:12

Un hombre para el que la Fiscalía pedía 26 años de cárcel por maltratar, insultar, amenazar y violar a su madre, de 72 años, así como de agredirla sexualmente en otra ocasión más, ha sido absuelto de estos cuatro últimos delitos por la Audiencia de Gipuzkoa que, no obstante, le ha condenado a ocho meses por maltrato.

Para absolver al procesado de los delitos de índole sexual, la sentencia del caso, a la que ha tenido acceso EFE, tiene en cuenta las "contradicciones" en las que incurrió la mujer durante el proceso judicial, así como la "falta de concordancia" de su relato "en las diferentes fases procesales", al tiempo que recuerda que el hijo, ha negado en todo momento los hechos que se le imputan.

Ya durante la vista oral, celebrada el pasado junio, la afectada justificó esta falta de "coincidencia" de sus narraciones por la situación de "shock" en la que, según manifestó, se encontraba cuando declaró en fase de instrucción, algo que ahora llama la atención del tribunal dado que poco antes había sido explorada en el Servicio de Urgencias del Hospital, donde se había mostrado "consciente y orientada en el tiempo y el espacio" y mantuvo una capacidad de "comprensión y evocación normales".

La resolución recuerda además que, en el informe que hizo la Unidad de Valoración Forense Integral, la mujer refirió "un único episodio" de agresión sexual, sin mencionar ningún otro, lo que "contrasta frontalmente con lo declarado en el juicio".

El texto judicial constata así que la mujer "ha ofrecido varias versiones que presentan diferencias muy relevantes", en las que además "altera radicalmente el orden" en el que habrían sucedido los hechos.

"Estas contradicciones en el relato provocan que lo narrado adolezca de imprecisiones muy relevantes", ya que "sus declaraciones no contienen precisión temporal", con aspectos que "varían notablemente" como la secuencia de los episodios narrados y un relato de algunos hechos, como el sangrado que habría sufrido a raíz de las agresiones, de una forma "cada vez más exagerado".

La sentencia considera así que la versión de la supuesta víctima "adolece de falta de coherencia en elementos esenciales" y muestra "contradicciones importantes" que llevan a observar una "dudosa" persistencia en la incriminación.

El texto tampoco ve posible confirmar lo relatado por la denunciante a través de los testigos de referencia, ya que el "conocimiento" que estos han aportado al caso resulta "muy endeble" y no permiten una "corroboración" de lo narrado por la mujer.

La sentencia destaca también que, ademas de negar los hechos, el acusado apuntó la posible existencia de un "móvil espurio" en la acusación de su madre ya que pretendía que él "desapareciera de su vida" por las "serias dificultades" en la convivencia que ambos mantenían debido, entre otros motivos, a su "mala relación" y a la toxicomanía del hombre, después de que ella lo hubiera acogido en su casa cuando él salió de prisión.

"Todo lo anterior -aclara el documento judicial- nos lleva a considerar que las pruebas practicadas no son suficientes para acreditar la hipótesis acusatoria en lo referente a los delitos de naturaleza sexual denunciados, al igual que ocurre con los supuestos insultos y amenazas.

No obstante, el tribunal sí considera probado un delito de maltrato habitual ocurrido la madrugada del 18 de abril de 2018 durante una discusión en la que el hombre reconoce que "pegó" a su madre, aunque "no con mucha fuerza", si bien era consciente de la "debilidad" de la mujer, un relato que también resulta "coincidente" con el de la víctima.

Por este motivo, la sentencia, que no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, impone ocho meses de cárcel al hijo por un delito de maltrato no habitual y le prohíbe aproximarse a su madre y comunicarse con ella durante tres años. Asimismo, le obliga a compensar a la damnificada con 1.900 euros por las lesiones y el daño psicológico y moral sufrido.