Economía

200.000 afectados por ERTES podrán acogerse al límite de 20.000 euros para no presentar declaración

Muchos empleados tendrán que devolver a Hacienda las retenciones que el SEPE no les aplicó durante la regulación de empleo

13 abril, 2021 05:00

Las Haciendas vascas no han aprobado un paquete de medidas específicas para los trabajadores que estuvieron afectados por un ERTE durante el año 2020 y que pueden llevarse más de un susto en su declaración de la renta porque el SEPE no les aplicó rentenciones que ahora tendrán que devolver al fisco. Sin embargo, muchas de las novedades que aplican Bizkaia, Álava y Gipuzkoa en el IRPF de este año contribuirán a paliar lo que puede ser un mal trago para muchos de los 208.000 trabajadores que el año pasado estuvieron sometidos a un Expediente de Regulación de Empleo Temporal (ERTE). De entrada, podrán acogerse al límite de un máximo de ingresos de 20.000 euros para no presentar la declaración, a excepción de los contribuyentes de Bizkaia, que este año recibirán de oficio un borrador de su declaración independientemente de que tengan obligación de presentarla o no. 

En concreto, las tres haciendas vascas han elevado la obligación de declarar ingresos hasta los 20.000 euros en el caso de rentas de trabajo que provengan dos pagadores, siempre y cuando las del segundo pagador no superen los 2.000 euros aunuales.  En el caso de los contribuyentes con un sólo pagador hay que presentar la declaración con ingresoso superiores a 14.000 euros -el año anterior este límite estaba en 12.000.

Tener un doble pagador es la situación en la que se encuentran los afectados por un ERTE, ya que por un lado han cobrado una parte de sus ingresos desde su empresa, y por otro lado del Servicio Público de Empleo (SEPE), con lo que esta medida les eximiría de declarar sus ingresos. Solo estarán obligados a declarar en el caso de que superen los 20.000 euros o que el segundo pagador supere el límite de 2.000 euros. 

Desde la Hacienda de Bizkaia, que este año solo tramita las declaraciones de forma on-line y tras enviar un borrador de declaración a cada contribuyente recuerdan que presentar la declaración no tiene que ser sinónimo de pagar. De hecho la Hacienda de Bizkaia prevé tener más este año, precisamente porque hará  declaración a contribuyentes que habitualmente no la presentan y cuyo resultado les será favorable.

Sin embargo, en el caso de los afectados por los  ERTES de este pasado año, al haberse alargado tanto en el tiempo como consecuencia de la pandemia, la preocupación generalizada es que sean muchos los trabajadores que tengan que devolver el dinero correspondiente a las retenciones no aplicadas en las prestaciones correspondientes a la regulación de empleo.

Por otra parte, aquellas personas en situación de ERTE o ERE como consecuencia del Covid-19 que rescaten su EPSV en forma de renta mensual tanto en el ejercicio 2020 como en el 2021 integrarán en su base liquidable el 75% de la cantidad recuperada.

Más allá de esta medida del límite de 20.000 para los casos de dos pagadores, y de la recuperación  de las EPSV, las Haciendas vascas no han arbitrado medidas específicas para los trabajadores afectados por ERTES. De hecho, este límite de declaración es aplicable a cualquier contribuyente que tenga dos pagadores.

Sí han especificado medidas para este colectivo la Agencia Tributaria, que permitirá que los contribuyentes que tributan en territorio común y la declaración les salga a pagar por estar afectados por un ERTE puedan pagar hasta en seis meses su deuda con la Hacienda. En el caso vasco cualquier contribuyente que tenga que pagar puede fraccionar el pago, pero solo en dos bloques, un 60% primero y un 40% después.

También Cataluña ha aprobado una deducción autonómica específica para los trabajadores en ERTE y compensar así la posibilidad de que les salga a pagar.

En las haciendas forales vascas, además de este límite de 20.000 euros para dos pagadores, están vigentes otras normativas para paliar en cierto modo los efectos del Covid este año: por ejemplo, están exentas del pago de IRPF ayudas extraordinarias otorgadas por las administraciones públicas que hayan recibido los trabajadores autónomos por causa de la pandemia.